miércoles, marzo 27, 2024
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Defensores de derechos humanos agredidos en jornada de manifestaciones

Honduras, Tegucigalpa (Conexihon).- El Comité por la Libre Expresión (C-Libre) divulgó este día un informe sobre el Día Mundial de la Libertad de Prensa y subrayan “un grave proceso sistemático de agresiones a defensores de derechos humanos en Tegucigalpa y Choluteca”.

Tanto la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el país (OACNUDH) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), lamentaron los actos de represión hacia una movilización convocada por docentes de educación media y el gremio médico.

Miembros de la Policía Nacional, Tropas de Inteligencia y Respuesta Especial (TIGRES) y el Ejército, lanzaron gas lacrimógeno contra los manifestantes que ya se encontraban cerca del Congreso Nacional -rodeado desde la mañana- y contra una movilización estudiantil que llegaba al lugar, en apoyo a los médicos y al magisterio.

Los relatores especiales observan que en el contexto de manifestaciones y situaciones de alta conflictividad social, el trabajo de periodistas y comunicadores, y el libre flujo de información a través de medios alternativos como las redes sociales, es fundamental para mantener informada a la población sobre los acontecimientos, a la vez que cumple un importante rol al reportar sobre la actuación del Estado y de la Fuerza Pública ante las manifestaciones, previniendo el uso desproporcionado de la fuerza y el abuso de autoridad.

C-Libre obtuvo una “Hoja de Prensa” enviada a periodistas de la zona sur de Honduras en el que acusan a la defensora de derechos humanos, Leslie Andino, miembro del Centro de Desarrollo Humano (CDH), de “participar en actos violentos que ponen en riesgo la vida de terceros y agentes que solo cumplen labores investigativas ajenas a las pretensiones que ellos tienen”.

El documento además de poner en duda el trabajo de los defensores de derechos humanos, exige que “a raíz de lo ocurrido le solicitamos a los defensores de Derechos Humanos plenamente acreditados, que en toda manifestación porten sus identificaciones respectivas”.

Finalmente, -contrario a los protocolos policiales- elementos de la Fuerza Antimaras y Pandillas realizó una serie disparos contra la humanidad de los manifestantes dejando de lado todos los mecanismos de diálogo y resolución de conflictos.

“Dejamos claro que los disparos que se hicieron fueron como señal de advertencia para dispersar a estas personas que tenían como finalidad incendiar las instalaciones de la Fuerza Anti Maras y Pandillas”, indicaron.

En tal sentido, las autoridades no deben estigmatizar o estereotipar a los manifestantes y sus reivindicaciones, evitando hacer generalizaciones con base al comportamiento de grupos particulares o hechos aislados y deben tener en cuenta que los funcionarios públicos tienen una posición de garante de los derechos fundamentales de las personas y, por tanto, sus declaraciones no pueden constituirse en formas de injerencia directa o indirecta en los derechos de quienes pretenden contribuir a la deliberación pública mediante la expresión y difusión de información. Este deber se ve particularmente acentuado en situaciones de mayor conflictividad social, alteraciones del orden público o polarización social o política, precisamente por el conjunto de riesgos que pueden implicar para determinadas personas.

A este respecto, los relatores especiales señalan que es fundamental que las autoridades condenen enérgicamente las agresiones contra los periodistas y comunicadores y actúen con la debida diligencia y celeridad en el esclarecimiento de los hechos y en la sanción de los responsables. Asimismo, los relatores especiales observan que instruir adecuadamente a las fuerzas de seguridad del Estado sobre el rol de la prensa en una sociedad democrática constituye un paso importante para prevenir la violencia contra periodistas y trabajadores de medios de comunicación en situaciones de conflictividad social.

Los derechos de reunión y libertad de expresión, garantizados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, son fundamentales y su garantía es una condición necesaria para la existencia y el funcionamiento de una sociedad democrática. Un Estado puede imponer limitaciones razonables a las manifestaciones con el fin de asegurar el desarrollo pacífico de las mismas o dispersar aquellas que se tornan violentas, siempre que tales límites se encuentren regidos por los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Además, la desconcentración de una manifestación debe justificarse en el deber de protección de las personas, y deben utilizarse las medidas más seguras y menos lesivas para los manifestantes.

El uso de la fuerza en manifestaciones públicas debe ser excepcional y en circunstancias estrictamente necesarias conforme a los principios internacionalmente reconocidos.

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